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¿Qué es la cobranza extrajudicial y hasta dónde puede llegar?

Extrajudicial significa que no hay juez de por medio. Entender eso cambia por completo lo que un despacho puede hacerte, y lo que sólo te está diciendo para asustarte.

Verificado contra fuentes oficiales el 21 de julio de 2026

La palabra suena grave y por eso funciona. Pero "extrajudicial" quiere decir exactamente lo contrario de lo que la gente entiende: significa que todo esto ocurre fuera de un juzgado. No hay juez, no hay expediente y no hay consecuencias procesales.

Entender esa sola palabra cambia por completo qué puede hacerte un despacho y qué solamente te está diciendo para presionarte.

Qué es y qué no es

Cobranza extrajudicialCobranza judicial
Quién actúaUn despacho privado contratado por tu acreedorUn juzgado, a petición del acreedor
Cómo te llegaLlamadas, mensajes, correos, cartas, visitasNotificación judicial practicada por un actuario
Puede embargarNoSí, mediante auto y diligencia judicial
Te obliga a contestarNoSí, y no contestar tiene consecuencias graves
DocumentoCartas y formatos privadosDemanda con sello del juzgado y número de expediente

Cómo distinguir una demanda real de una carta que la aparenta

Es la duda más frecuente y la más importante. Una demanda real llega por notificación judicial, con sello del juzgado y número de expediente, practicada por un actuario que se identifica y te deja copia. No llega por WhatsApp ni la desliza alguien bajo la puerta.

Fabricar la apariencia contraria está expresamente prohibido: la norma del sector financiero prohíbe enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representante de un órgano jurisdiccional, y la de PROFECO llega a prohibir incluso utilizar formatos o papelería que simulen demandas.

Si recibiste un papel que parece judicial, la comprobación es simple: busca el número de expediente y verifícalo en el juzgado. Si no lo trae, no es una demanda.

Anunciarte un embargo por teléfono es, literalmente, amenazar

La norma lo define así, con todas sus letras:

"Se entenderá por amenazar e intimidar, al anuncio de un posible embargo sin la acción previa de Cobranza judicial, o con actos para infundir miedo y temor, que puede realizarse de forma oral o escrita."

Disposición CONDUSEF 2022, artículo 132, fracción XXII

Un despacho de cobranza no puede embargar. El embargo exige una demanda con título ejecutivo, un auto judicial y una diligencia practicada por un ejecutor del juzgado. Así que cuando un despacho te dice por teléfono que "mañana va el embargo", no está describiendo un hecho: está cometiendo una conducta tipificada que puedes denunciar.

El pago nunca va al despacho

Está prohibido que te pidan pagar directamente al despacho, y entre la información que están obligados a darte al contactarte figura precisamente que los pagos sólo pueden hacerse a la institución que otorgó el crédito.

Es una regla que te protege de dos cosas a la vez: del fraude de quien cobra y desaparece, y de pagar sin que tu adeudo se registre como pagado.

Los ocho datos que deben darte

En el primer contacto, y omitir cualquiera es una mala práctica sancionable por sí sola:

  1. Nombre o razón social, domicilio y teléfono del despacho
  2. Nombre de la persona que te está cobrando
  3. Nombre de la institución financiera a la que le debes
  4. El contrato u operación que originó la deuda
  5. El monto del adeudo y la fecha en que se calculó
  6. Los requisitos, términos y condiciones para liquidar
  7. Domicilio, correo y teléfono de la unidad de la institución que recibe quejas
  8. Que los pagos sólo pueden hacerse a la institución que otorgó el crédito, nunca al despacho

Pídelos por escrito y guarda la respuesta. Sirve para dos cosas: para verificar que la deuda es real y tuya, y como prueba si necesitas denunciar.

El horario depende de quién te dio el crédito

SectorHorarioDíasAutoridad
Financiero 8:00 a 21:00, según el huso horario del domicilio del deudor La norma no restringe los días CONDUSEF
Comercial 7:00 a 22:00 (prohibido entre las 22:01 y las 06:59) Sólo de lunes a viernes y en días hábiles PROFECO

Si te contactan fuera de tu horario aplicable, ya tienes una infracción concreta que denunciar en el REDECO —si es banco o financiera— o ante PROFECO si es un comercio.

Qué hacer mientras tanto

  • Documenta todo: capturas, fechas, horas y números. La frecuencia y el tono son la prueba del acoso.
  • Pide los ocho datos por escrito. Te dice si la deuda es real y quién la tiene.
  • No pagues al despacho. Nunca, bajo ninguna circunstancia.
  • Cuidado con abonar "para que dejen de molestar": un abono reinicia el reloj de la prescripción.
  • Denuncia. Es gratis y no requiere abogado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la cobranza extrajudicial?

Es toda la gestión de cobro que ocurre fuera de un juzgado: llamadas, mensajes, correos, cartas y visitas. No hay juez, no hay expediente y no hay consecuencias procesales. Entender eso cambia por completo lo que un despacho puede hacerte y lo que sólo te está diciendo para presionarte.

¿Cómo distingo una demanda real de una carta que la aparenta?

Una demanda real te llega por notificación judicial, con sello del juzgado y número de expediente, practicada por un actuario. Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representante de un órgano jurisdiccional está expresamente prohibido, y PROFECO llega a prohibir incluso usar formatos que simulen demandas.

¿Puede el despacho quedarse con mi pago?

No deben ni pedirlo. Está prohibido solicitar que el pago se realice directamente al despacho, y entre la información que están obligados a darte en el primer contacto figura precisamente que los pagos sólo pueden hacerse a la institución que otorgó el crédito.

¿Qué información deben darme cuando me contactan?

Ocho datos: nombre y domicilio del despacho, nombre de quien te cobra, nombre de la institución acreedora, el contrato que originó la deuda, el monto y su fecha de cálculo, los términos para liquidar, los datos de la unidad que recibe quejas, y que los pagos van a la institución. Omitir cualquiera es, en sí mismo, una mala práctica sancionable.

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