Calculadora: ¿cuándo se borra mi registro del buró?
Los plazos de eliminación dependen del monto de la deuda medido en UDIS. Esta herramienta hace la conversión y la aritmética por ti, y te dice de dónde sale cada número.
Cómo se calcula
La herramienta hace tres cosas: convierte tu saldo a UDIS con el valor vigente (8.81104 pesos al 2026-09-01), ubica el tramo que le corresponde, y le suma a tu fecha de inicio los meses que fija la norma de ese tramo. Después te dice de qué norma y de qué artículo salió el plazo, para que puedas verificarlo o citarlo si necesitas reclamar.
Los tramos de 12, 24 y 48 meses vienen de la Circular 27/2008 del Banco de México, Regla DECIMOSEGUNDA. El plazo de 72 meses para montos mayores viene del artículo 23 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Los adeudos iguales o mayores a 400,000 UDIS con un mismo acreedor no se eliminan (artículo 24, fracción I).
Las conversiones a pesos son aproximadas y se calculan con el valor de la UDI del 2026-09-01 (8.81104 pesos). La norma no usa el valor de hoy: para los plazos de eliminación se usa la UDI del primer día hábil bancario del año en que corresponda el borrado, y para el tope de 400,000 UDIS, la de las fechas de falta de pago.
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Si el plazo ya venció y el registro sigue ahí
Eso sí es reclamable, y es gratis. La sociedad tiene la obligación de eliminarlo al cumplirse el plazo; si no lo hizo, presenta una reclamación citando la norma que la herramienta te muestra. El procedimiento está en cómo corregir un error en tu buró.
Preguntas frecuentes
¿Este resultado es la fecha exacta en que se borrará mi registro?
No, es una estimación. La fecha real depende de datos que sólo aparecen en tu reporte: la fecha exacta en que el crédito se reportó por primera vez como vencido, la última actualización que hizo el otorgante y el saldo insoluto del principal que quedó registrado. Pide tu Reporte de Crédito Especial gratuito y compara con lo que dice ahí.
¿Por qué la conversión a pesos es aproximada?
Porque la norma no usa el valor de la UDI de hoy. Para los plazos de eliminación se usa el valor del primer día hábil bancario del año calendario en que corresponda el borrado, y para el tope de 400,000 UDIS, el de las fechas en que se presentaron las faltas de pago. Nuestra conversión te da el orden de magnitud, no el cálculo legal exacto.
¿Desde qué fecha se cuenta el plazo?
Para los tramos de la Circular 27/2008, desde la que ocurra primero: la primera vez que el crédito se reportó como vencido, o la última vez que el otorgante actualizó el registro. Para el plazo de 72 meses de la ley, desde que el primer incumplimiento se incorporó a tu historial. No desde que dejaste de pagar, y no desde que pagaste.
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