Cómo corregir un error en tu buró de crédito (con formato de reclamación)
Un dato incorrecto en tu historial te puede costar un crédito. La reclamación es gratuita y tiene plazos de respuesta fijados por ley. Aquí está cómo hacerla bien.
Un dato incorrecto en tu historial —un crédito que no es tuyo, uno que ya pagaste, un monto equivocado, un registro que ya debió caducar— te puede costar el crédito que estás pidiendo. Tienes derecho a reclamarlo, es gratis, y el procedimiento tiene un detalle que juega fuertemente a tu favor.
Primero: ¿es un error o es un registro correcto?
Sólo se puede reclamar lo que está mal. Si el registro refleja algo que efectivamente pasó, no hay nada que corregir: caducará solo en su plazo, y eso lo puedes estimar en nuestra calculadora. Estos sí son motivos válidos de reclamación:
- Un crédito que nunca contrataste (posible suplantación de identidad).
- Un crédito que ya liquidaste y sigue apareciendo como vencido.
- Un monto o saldo equivocado.
- Un registro cuyo plazo de eliminación ya venció y sigue ahí.
- Fechas de incumplimiento que no corresponden a la realidad.
El detalle que casi nadie te cuenta
Si el otorgante no contesta, ganas tú
Cuando presentas la reclamación, la sociedad se la traslada al otorgante del crédito, que tiene quince días naturales para responder. Si no lo hace, el artículo 44 obliga a la sociedad a modificar o eliminar el registro tal como tú lo pediste y a quitar la leyenda "registro impugnado". El silencio del otorgante no es un obstáculo: es un resultado a tu favor.
"Si las Entidades Financieras o Sofomes E.N.R. … no hacen llegar a la Sociedad su respuesta a la reclamación presentada por el Cliente dentro de un plazo de quince días naturales contado a partir de que hayan recibido la notificación de la reclamación, la Sociedad deberá modificar o eliminar de su base de datos la información que conste en el registro de que se trate, según lo haya solicitado el Cliente, así como la leyenda 'registro impugnado'."
LRSIC, artículo 44
Los plazos, etapa por etapa
| Etapa | Plazo | Fundamento |
|---|---|---|
| La sociedad entrega tu reclamación al otorgante del crédito | 5 días hábiles | LRSIC, artículo 43 |
| El otorgante responde a la sociedad | 15 días naturales | LRSIC, artículo 44 |
| Si el otorgante NO responde en ese plazo, la sociedad debe modificar o eliminar el registro tal como tú lo pediste | automático al vencer los 15 días naturales | LRSIC, artículo 44 |
| La sociedad te remite la respuesta del otorgante | 5 días hábiles | LRSIC, artículo 45 |
| La sociedad te envía un nuevo reporte ya corregido | 5 días hábiles | LRSIC, artículo 47 |
Mientras se resuelve, el registro debe mostrar la leyenda "registro impugnado" (LRSIC, artículo 43), para que quien consulte tu historial sepa que está en disputa. Y si el error resultó imputable a la propia sociedad, debe corregirlo de inmediato (artículo 45).
Cuántas puedes presentar
2 gratuitas por año calendario (Circular 27/2008 de Banxico, Regla DÉCIMA). A partir de la tercera, la sociedad puede cobrar hasta el equivalente a 15 UDIS (≈ $132.17) por reclamación, y debe publicar esa tarifa en su sitio. Ojo: no puedes reclamar dos veces el mismo registro — la sociedad no está obligada a tramitar una reclamación sobre algo que ya fue objeto de una anterior (artículo 42).
Genera tu carta de reclamación
Puedes presentarla por escrito, por correo, por internet, por teléfono o por correo electrónico. Esta herramienta arma el texto por ti, con la estructura y los fundamentos legales. Se genera dentro de tu navegador: los datos que escribas no se envían a ningún servidor ni quedan guardados en ninguna parte.
Si no te resuelven
Aquí está la distinción que hace perder meses a mucha gente: la autoridad depende de quién otorgó el crédito, no de la sociedad de información crediticia.
| Si el crédito lo dio… | Acude a | Fundamento |
|---|---|---|
| Banco, Sofom E.N.R. u otra entidad financiera | CONDUSEF | LRSIC, artículo 48, último párrafo |
| Empresa comercial (tienda departamental, mueblería, telefonía, comercio) | PROFECO | LRSIC, artículo 48, último párrafo |
| La sociedad de información crediticia misma (error en el reporte) | Unidad especializada de la propia sociedad | LRSIC, artículos 40 y 42 |
Dicho simple: si fue un banco o una Sofom, es CONDUSEF. Si fue una tienda departamental, una mueblería o una telefónica, es PROFECO. Presentar la queja en la ventanilla equivocada no la invalida, pero sí te cuesta semanas.
Y aunque la reclamación resulte improcedente, tienes un último recurso: puedes pedir que se incluya en tus futuros reportes un texto tuyo de hasta 200 palabras con tu versión de los hechos, para que quien te evalúe lea también tu explicación.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta reclamar un dato incorrecto?
Nada, hasta dos reclamaciones por año calendario. Lo fija la Regla DÉCIMA de la Circular 27/2008 del Banco de México. A partir de la tercera, la sociedad puede cobrar hasta el equivalente a 15 UDIS por reclamación, y debe publicar esa tarifa en su sitio.
¿Cuánto tardan en resolverla?
La ley fija plazos por etapa: la sociedad tiene cinco días hábiles para entregar tu reclamación al otorgante; el otorgante tiene quince días naturales para responder; y la sociedad tiene cinco días hábiles más para remitirte la respuesta y otros cinco para enviarte el reporte ya corregido.
¿Qué pasa si el otorgante no responde?
Es la parte que más conviene conocer. Si el otorgante no hace llegar su respuesta dentro de los quince días naturales, el artículo 44 obliga a la sociedad a modificar o eliminar el registro tal como tú lo pediste, y a quitar la leyenda 'registro impugnado'. El silencio del otorgante juega a tu favor.
¿A quién acudo si no me resuelven?
Depende de quién otorgó el crédito, y esta distinción hace perder meses a mucha gente. Si fue un banco, una Sofom E.N.R. u otra entidad financiera, es CONDUSEF. Si fue una empresa comercial —una tienda departamental, una mueblería, una telefónica—, es PROFECO. Así lo reparte el artículo 48 de la ley.
¿Puedo dar mi versión de los hechos?
Sí. Aunque la reclamación resulte improcedente, puedes solicitar que se incluya en tus futuros reportes un texto de hasta 200 palabras con tu versión, para que quien te evalúe lea también tu explicación.
¿Encuentra Créditos me presta dinero o tramita mi crédito?
No. Encuentra Créditos es un sitio informativo independiente. No otorgamos créditos, no gestionamos solicitudes, no somos intermediarios y no vendemos tus datos. Nunca te pediremos un pago por adelantado, ni datos de tu tarjeta o cuenta bancaria: si alguien lo hace en nuestro nombre, es un fraude. Nuestras herramientas calculan dentro de tu navegador y no envían tu información a ningún servidor.